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Así lo informó el coordinador de la Agencia de Empleo del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social (Mintrass) en la entidad, José Maurera, quien expresó que en los primeros meses del año han ubicado en distintas empresas un promedio de 3 mil ciudadanos con necesidades especiales, por semana.
Explicó que sólo pueden laborar las personas con discapacidad calificada menor al Nivel IV, quienes a su vez deben registrarse ante el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad (Conapdis) para recibir el carnet que además de validar su aptitud laboral, reivindicará legalmente derechos como el medio pasaje.
Maurera precisó que una vez certificados por el Conapdis deben acudir a la Agencia de Empleo del Mintrass, y destacó que “las personas con discapacidad son trabajadores eficientes, la empresa no contrata la discapacidad sino a un trabajador con una condición especial, que puede cumplir sus funciones cabalidad”.
Recordó que el artículo 28 de la Ley para las Personas con Discapacidad (LPCD), publicada en la Gaceta Oficial 38.598 del 05 de enero de 2007, estipula que los órganos de la administración pública, empresas privadas, públicas y mixtas deben destinar no menos de 5% de su nómina total a personas con discapacidad permanente.
“El mismo apartado legal establece que no puede oponerse argumentación alguna que discrimine, condicione o pretenda impedir el empleo de personas con discapacidad”, apuntó el funcionario.
Comentó que según las proyecciones, en Venezuela existen unas 59 mil personas con un nivel de discapacidad menor al tipo IV, lo que les permitiría ejercer distintas funciones en el campo laboral.
“Mientras que el registro de empresas y establecimientos que se lleva en el Mintrass, apunta a que hay posibilidades de ubicar a 63 mil trabajadores con necesidades especiales, en locaciones de trabajo en el país”, señaló.
El Coordinador de la Agencia de Empleo del Mintrass en Anzoátegui manifestó que en 2009 registraron 63 personas con discapacidad en su departamento, de los que 36 obtuvieron colocación en el campo laboral.
Por ello, exhortó a las empresas públicas y privadas a que, a través de la agencia de empleo ubicada en Barcelona, pueden hacer la solicitud del personal que van a incorporar a su nómina para cumplir con la LPCD.
Resaltó que el plazo de adecuación a la norma finaliza al vencer el primer semestre de 2101 y agregó que quienes incumplan con la cuota de empleo podrán ser sancionados por el Conapdis.
Acotó que de acuerdo con el artículo 84 de la LPCD los que infrinjan el apartado 28 serán objeto de multas que oscilaran de l00 a mil unidades tributarias (de 6 mil 500 a 65 mil bolívares fuertes