Caracas, 28 de enero de 2013
Ciudadano.-
Líderes del Movimiento de PcD en Venezuela
Su Atención.
Reciba el saludo cordial de la Junta Directiva del Observatorio Venezolano de la Discapacidad (Ovedis).
El objeto de la presente es invitarle, muy cordialmente, a la reunión de la Junta Directiva del Observatorio Venezolano de la Discapacidad, a efectuarse el día martes 31 de los corrientes en el Piso 25 de la Torre Financiera Latino, de la Avenida Urdaneta, en el horario de 9 a 12 del mediodía.
En dicha reunión trataremos la constitución del Comité Nacional de Organizaciones de Atención a la Discapacidad, en el marco de la legalización del Observatorio Venezolano de la Discapacidad
En razón de la importancia de este tema para el desarrollo de políticas públicas a favor de este colectivo social, mucho apreciaríamos contar con su prestigiosa asistencia.
Sin otro particular a que hacer referencia y en espera de su respuesta oportuna, se despiden
Atte,
Luis Oswaldo Torres Melba Sánchez
Presidente Sec. General
OBJETIVOS GENERALES DE OVEDIS
a) Contribuir a la valoración, integración y realce de la autoestima de las personas con discapacidad tanto venezolanas como extranjeras que residan o estén de paso en el territorio de la República, cuya falta de atención en lo social, económico, jurídico, educativo, deportivo y artístico, pueda ser menoscabado por falta de solidaridad o por causa de inhospitalidad, asimismo, contribuir de manera sostenida e irrenunciable a que las personas con discapacidad a nivel nacional e internacional sean respetadas y tratadas tan igual como al resto de los ciudadanos de la República. Para el logro de tal fin la fundación constituirá la CÁTEDRA DE LA DISCAPACIDAD VENEZOLANA como órgano divulgativo de la problemática de la discapacidad tanto a nivel nacional como internacional;
b) Coadyuvar con el Estado y sus instituciones en atención a los diversos tratados, pactos, convenciones, acuerdos, en la formulación de leyes, reglamentos, decretos, providencias administrativas y ordenanzas que contribuyan a concientizar a las instituciones y personas sobre los graves problemas sociales, económicos, educativo, deportivos, culturales y accesibilidad a la salud, trabajo y vivienda que afectan a las personas con discapacidad;
c) Exhortar a los Poderes Públicos sobre su deber de promover la aplicación del contenido de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Para las Personas con Discapacidad y otras leyes, para garantizar la autonomía, la libertad y la igualdad de los grupos vulnerables, especialmente los que poseen algún tipo de discapacidad, eliminando los obstáculos que impidan o dificulten su vida plena. Asimismo exhortar a las instituciones del Estado vinculadas a la salud al desarrollo de políticas de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de las personas con discapacidad, a las cuales prestarán atención especializada y ampararán según los mismos derechos del resto de la ciudadanía;
d) Contribuir a la aplicación expedita de los principios garantizados en la propia Constitución Nacional a favor de las personas con discapacidad y que deben ser respetados por la Administración Pública, como lo son la autonomía, la participación, la integración y la responsabilidad pública, mediante los cuales el Estado a través de su administración procurará aumentar paulatinamente la dotación económica a través de un Presupuesto adecuado para el alcance de los principios y bondades establecidos en la Ley y en especial para que las personas con discapacidad puedan disfrutar de la igualdad de oportunidades ofertados pero no garantizados;
e) Contribuir a la idea de que el ejercicio pleno de los derechos debe ser efectivo para todas las personas, supliendo las carencias y necesidades de los grupos más vulnerables, incorporando las políticas sociales de “desarrollo humano” recogidas en el programa de las Naciones Unidas y en el Informe del Club de Roma sobre Desarrollo Humano y Discapacidad;
f) Coadyuvar a que las personas puedan, fácilmente, tener conocimiento de los derechos más importantes que asisten a las personas con discapacidad, por una parte, y por la otra orientar a la Administración Pública para dar una respuesta adecuada y coordinada a las personas con discapacidad, cuya finalidad última será mejorar las condiciones de vida a través de la integración;
g) Estimular, bajo supervisión permanente, el mejoramiento de la accesibilidad y el establecimiento de reglamentación mediante medidas coercitivas que impongan sanciones a quienes violen o estimulen las normas de movilidad y accesibilidad, suprimiendo toda barrera arquitectónica que dificulte u obstaculice el libre desenvolvimiento de las personas con discapacidad;
h)Conceptualización del término Discapacidad como un término genérico establecido por la Organización Mundial de la Salud dentro de su clasificación en reemplazo de “deficiencia”, “minusvalía”, “disminuido” o “incapaz”;
i) Estimular y exhortar al Estado a la priorización del mejoramiento de la calidad de vida, por existir en la Constitución y las leyes el apoyo y atención a la persona con discapacidad severa y agravada, mediante la figura de APOYO GENERALIZADO, lo cual supone una forma de atención especializada por parte de una tercera persona, por las desventajas que la discapacidad representa como las actividades más elementales de la vida de la persona con discapacidad, lo que significa un nuevo nivel de protección más intenso;
j) Contribuir mediante el régimen jurídico adecuado que acredite la superación de la persona con discapacidad, un grado o nivel de acuerdo al grado de la discapacidad, mediante regulación de derechos y obligaciones tendientes a la integración de las mismas en la vida social, laboral, deportiva y cultural, promoviendo su autosuficiencia e independencia con los soportes y ayudas por parte de los poderes públicos. Asimismo promover mediante estudio demográfico el establecimiento del Presupuesto Ordinario de la Nación un Bono de recreación de Agosto y un Bono Navideño a todas las personas con discapacidad debida y legalmente registrado tanto en la Fundación y en el Concejo Nacional Para las Personas con Discapacidad;
k) Ser punto de referencia necesario e imprescindible, por su seriedad, honestidad, idoneidad, preparación, humildad y disposición al cambio, para las tomas de decisiones que afecten a las personas con discapacidad por parte de cualquier rama del Poder Público, dígase Nacional, Estadal y Municipal;